Estatutos Jovenes Abogados

TÍTULO IV. DERECHOS Y OBLIGACIONES

Articulo 9

 

Son derechos de los miembros:

  1. Asistir a las Asambleas Generales, con derecho a voz y voto los miembros ejercientes y sólo con derecho a voz los no ejercientes.
  2. Formular propuestas y pareceres, así como dirigir peticiones y proponer iniciativas a la Junta Directiva.
  3. Participar en las actividades de la agrupación, de acuerdo con sus normas de funcionamiento.
  4. Participar en las comisiones de trabajo.
  5. Ser representado por la agrupación en sus intereses.

 

Articulo 10

  1. Son obligaciones de los miembros:

    1. Respetar las decisiones adoptadas por los órganos de gobierno y colaborar en el cumplimiento de las mismas.
    2. Participar activamente en las tareas y funciones de la agrupación, aportando su colaboración personal y asistiendo, en la medida de lo posible, a las actividades convocadas por los órganos de gobierno.
    3. Actuar con el respeto y la consideración debidos en la vida colegial con los otros miembros de la agrupación y con el resto de colegiados, rigiéndose en todo caso por las normas deontológicas de la profesión.
    4. En su caso, pagar las cuotas o cargas que pudieran establecerse por la Junta General para el buen fin y desarrollo de la agrupación.
    5. Someterse a los presentes Estatutos.
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